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Reclamación Padrón Electoral Auditado. Elección Consejo Constitucional.

El Tribunal Electoral Regional de Ñuble, comunica que, desde el día lunes 27 de febrero hasta el día 3 de marzo del año presente, comienza el plazo de 5 días corridos para realizar ante éste, las reclamaciones al padrón electoral auditado, según lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.           

Dichas reclamaciones pueden realizarse de manera presencial desde las 8:00 a las 17:00 horas, en dependencias del Tribunal.

Sin perjuicio de lo anterior, en la medida posible, se debe preferir el envío de la reclamación vía sistema de tramitación no presencial en la página web www.ternuble.cl o bien, al correo que sigue; tribunalelectoralregional@ternuble.cl.

Se pone a disposición del usuario, formularios descargables de reclamación; el solicitante deberá acompañar, los documentos digitalizados, y su cédula de identidad también escaneada, a fin de comprobar la identidad del compareciente.

En el evento de no contar con una cuenta de correo electrónico, puede dirigir sus consultas al número 42 2 268700

La dirección del Tribunal es calle Bulnes N° 525, de la ciudad de Chillán, y su página web es www.ternuble.cl.

Descarga formularios : Reclamación Padrón Electoral Auditado. Elección Consejo Constitucional.


RECLAMACION PADRON ELECTORAL. ART. 49 LEY 18556. EXCLUSION


RECLAMACION PADRON ELECTORAL. ART. 48 LEY 18556. OMISIÓN


RECLAMACION PADRON ELECTORAL. ART. 49 LEY 18556. ERROR DATOS ELECTORALES