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Instalación Tribunal Electoral Regional de Ñuble. Cuadrienio año 2023 a 2027.

Con fecha veintinueve de mayo del año presente, ante el Sr. Secretario Relator don Cristian Coloma Fuentes y, en cumplimiento del art. 3. Inc. 2 de la Ley N° 18.593, se prestó juramento o promesa de desempeño fiel de funciones por parte de los Miembros Titulares y Suplentes del Tribunal Electoral Regional de Ñuble (cuadrienio año 2023-2027), instalándose formalmente este órgano jurisdiccional e, integrado de la forma que sigue; Presidente Titular; don Guillermo Arcos Salinas (Ministro de la I. Corte de Apelaciones de Chillán); Presidente Suplente don Claudio Arias Córdova (Ministro de la I. Corte de Apelaciones de Chillán); Primer Miembro Titular doña Paula Morales Rojas (abogada); Segundo Miembro Titular don Eduardo Peñafiel Peña (abogado); Primer Miembro Suplente don Fabián Huepe Artigas (abogado); y Segundo Miembro Suplente don Rodrigo Cuevas Cerda ( abogado).

Mediante un acuerdo de pleno de la I. Corte de Apelaciones de Chillán N° 71 de fecha 28 de abril de 2023 y, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N°18.593, en votación secreta, han resultado electos como Miembro Titular del Tribunal Electoral de la Región de Ñuble, para el cuadrienio 2023- 2027, el Ministro señor Guillermo Arcos Salinas, quien lo presidirá y, en calidad de suplente, el Ministro señor Claudio Arias Córdova. El art. 2 inc. 1, de ley N° 18.593 expresa que “La Corte de Apelaciones correspondiente, reunida en pleno, designará de entre sus miembros a un titular y a un suplente del Tribunal Electoral Regional respectivo, con treinta días de anticipación a la fecha en que deban asumir sus funciones. La votación será secreta.

Por su parte, El Tribunal Calificador de Elecciones, en sesión ordinaria celebrada con fecha 26 de abril del año presente y, en virtud de la sentencia dictada en la causa administrativa Rol de ingreso N° 4-2023, ha procedido al nombramiento mediante elección del resto de los abogados que integrarán el Tribunal Electoral de esta Región. El art. 2 inc. 3 de la ley N° 18.593, señala que el Tribunal Calificador de Elecciones designará, por mayoría absoluta de sus miembros y en votaciones sucesivas y secretas, los miembros titulares y suplentes de los Tribunales Electorales Regionales que le corresponde elegir. Las personas designadas por el Tribunal Calificador de Elecciones deberán haber ejercido la profesión de abogado o desempeñado la función de ministro o abogado integrante de Corte de Apelaciones por un plazo no inferior a tres años.

El Tribunal Electoral Regional, representado por su Presidente y Secretario Relator, resalta el compromiso profesional de los miembros salientes y, quienes ejercieron la labor jurisdiccional desde la fecha su constitución en la Región de Ñuble, don Abraham Cerda Vásquez, y doña Paula Cornejo Baraona y, a su vez, se extiende las felicitaciones a los recientemente nombrados.